El 23 de mayo vencía el plazo de un año que la Corte
Suprema había dado para que se regularizara el sistema de subrogancias
mediante la sanción de una ley. El 21 de mayo el Poder Legislativo
dio sanción a la Ley 26373 y en consecuencia la Corte Suprema
mediante Acordada 10/2008 prorrogó el mandato de los actuales
jueces subrogantes hasta que se instrumente el nuevo sistema.
La ley sancionada establece
que: "En caso de recusación, excusación, licencia,
vacancia u otro impedimento de los Jueces de Primera Instancia, Nacionales
o Federales, la respectiva Cámara de la jurisdicción
procederá a la designación de un subrogante de acuerdo
al siguiente orden:
a) Con un juez de igual
competencia de la misma jurisdicción, teniendo prelación
el juez de la nominación inmediata siguiente en aquellos lugares
donde tengan asiento más de un juzgado de igual competencia;
b) Por sorteo, entre la
lista de conjueces confeccionada por el Poder Ejecutivo nacional,
de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 3º de la presente
ley".
Esa lista será
confeccionada por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado, de acuerdo
a lo que establece el art. 3º: "El Poder Ejecutivo nacional
confeccionará cada TRES (3) años una lista de conjueces,
que contará con el acuerdo del Honorable Senado de la Nación.
Los integrantes de la misma serán abogados de la matrícula
federal que reúnan los requisitos exigidos por la normativa
vigente para los cargos que deberán desempeñar. A esos
efectos, se designarán entre DIEZ (10) y TREINTA (30) conjueces
por cada Cámara Nacional o Federal, según la necesidad
de las respectivas jurisdicciones".
La ley fue promulgada
por el Poder Ejecutivo el día 29 de mayo y publicada en el
Boletín Oficial del 30 de mayo.
Esto significa volver
a la vieja designación de magistrados y es un fuerte llamado
de atención al Consejo de la Magistratura que no ha sido eficiente
en la selección de los futuros jueces, aunque la mora no siempre
le ha sido imputable. También el Poder Ejecutivo ha sido remolón
en enviar los pliegos al Senado para su acuerdo y en firmar los decretos
de designación, y el Poder Legislativo se ha tomado su tiempo
para prestar el acuerdo.