Niegan declarar inhábiles los días de paro. El
Presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal,
Dr. Jorge Rizzo, libró una nota dirigida a la Corte Suprema
de Justicia de la Nación y al Consejo de la Magistratura para
solicitar la declaración como días inhábiles
de aquellos en los que la Unión de Empleados de la Justicia
-UEJN-, realizó varios paros nacionales que afectaron gravemente
a la profesión de la abogacía y al servicio de justicia
en general.
Sin embargo, la Corte se expidió en el expediente abierto a
tal fin, entendiendo que no correspondía declarar la inhabilidad
de los días de paro (a pesar del gran acatamiento que tuvo
en todo el país), basándose para ello en lo dispuesto
en la acordada 23/99.
Dicha acordada estableció que la Corte "no inhabilitará
las jornadas durante las cuales se lleven a cabo movimientos de fuerza
por parte del personal judicial". Asimismo, dispuso "instruir
a las cámaras federales y nacionales para que durante los días
en que la entidad gremial dispusiere el cese de actividades, ejerzan
sobre los tribunales bajo su superintendencia, todas las atribuciones
necesarias para asegurar el normal desarrollo de la prestación
de servicios...".
Desgraciadamente, esa acordada de la Corte fue tomada en virtud de
un paro en los días 1º y 2 de septiembre de 1999, en los
cuales entendió que en esos días en particular "ha
concurrido a prestar servicio un porcentaje del personal judicial
que se considera suficiente para llevar a cabo satisfactoriamente
la totalidad de las funciones correspondientes a los tribunales de
las distintas instancias". Aunque igualmente, en esa oportunidad
si se declararon inhábiles los dos días.
Eso no ha sucedido en esta ocasión donde se veían totalmente
vacías las mesas de entradas, con la consiguiente imposibilidad
de los abogados de presentar los escritos pertinentes o impulsar en
cualquier forma los procesos, teniendo en cuenta que todas las actuaciones
conllevan vencimientos que pudieron haberse cumplido mientras se suscitaban
las medidas de fuerza.
Voto de ciudadanos detenidos sin condena penal. Según
resulta del padrón provisorio de electores privados de libertad
confeccionado por la Cámara Nacional Electoral, son cerca de
22.000 los procesados detenidos que podrían votar en las próximas
elecciones nacionales del 28 de octubre. Esta será la primera
vez que los ciudadanos privados de su libertad estarán habilitados
a sufragar en una elección nacional. Ello, en virtud de la
ley 25.858, que derogó el art. 3ro. inc. "d" del
Código Electoral Nacional, que excluía del padrón
a "los detenidos por orden de juez competente". Esta norma
había sido declarada inconstitucional por la Cámara
Electoral, mediante sentencia que fue confirmada por la Corte Suprema.
Marcha atrás con los subrogantes. Durante este mes
el Consejo de la Magistratura Nacional debatirá la reforma
al régimen de la subrogancia de jueces. El Presidente del Consejo,
representante de los abogados de todo el país, Dr. Pablo Mosca
ha elaborado un proyecto para reformar el sistema actual. El nuevo
procedimiento contemplado en 23 artículos, y que contaría
con el beneplácito de sus colegas, prevé que los futuros
jueces subrogantes se designen exclusivamente de una lista integrada
por jueces jubilados, que por ese hecho conservan el "estado
judicial". Esta es la respuesta al fallo de la Corte Suprema
que decretó la inconstitucionalidad del régimen actual
e intimó a que en un año no existan más subrogantes
que no cumplan con los requisitos constitucionales.
Ojo con las deudas inmobiliarias. El Colegio de Escribanos
de la Provincia de Buenos Aires informó que a partir del 1º
de agosto de 2007 rige una nueva reglamentación, dictada por
la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la Provincia
de Buenos Aires, que obliga a los escribanos a retener preventivamente
el monto total de la deuda del impuesto inmobiliario que surja de
los informes de la Dirección Provincial de Rentas, al momento
de otorgarse el acto escriturario de un inmueble de la Provincia de
Buenos Aires, desconociendo los comprobantes de pago que pudiera presentar
el otorgante sobre los períodos que figuran como impagos en
los informes emitidos por la Dirección Provincial de Rentas.
A.M.A.R.A. El 20 de julio pasado se constituyó la Asamblea
de la Asociación Mutual de Abogados de la República
Argentina, que tenía por objeto aprobar el Balance de los años
2005 y 2006. Luego de alguna deliberación y atento que el balance
2005 está siendo evaluado por una Auditoría Externa
que aún no se expidió se decidió pasar a Cuarto
intermedio por el término de 60 días, por lo que la
nueva fecha de reunión se fijó para el 20 de septiembre.
En esa fecha se estima que estará listo el informe de los auditores
sobre el ejercicio 2005.
Cena del Día del Abogado. Será el viernes 31
de agosto a partir de las 22 hs. en el Palacio San Miguel, Suipacha
84, Ciudad de Buenos Aires. Se puede adquirir la tarjeta en las Cajas
de Corrientes 1441, de 7.30 a 16. Valor: $ 50. Abogados discapacitados
y jóvenes abogados con tÌtulo expedido en tiempo no
mayor a los cinco años de antigüedad abonan el 50 %.