Niegan declarar inhábiles los días de paro. El Presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Dr. Jorge Rizzo, libró una nota dirigida a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y al Consejo de la Magistratura para solicitar la declaración como días inhábiles de aquellos en los que la Unión de Empleados de la Justicia -UEJN-, realizó varios paros nacionales que afectaron gravemente a la profesión de la abogacía y al servicio de justicia en general.
Sin embargo, la Corte se expidió en el expediente abierto a tal fin, entendiendo que no correspondía declarar la inhabilidad de los días de paro (a pesar del gran acatamiento que tuvo en todo el país), basándose para ello en lo dispuesto en la acordada 23/99.
Dicha acordada estableció que la Corte "no inhabilitará las jornadas durante las cuales se lleven a cabo movimientos de fuerza por parte del personal judicial". Asimismo, dispuso "instruir a las cámaras federales y nacionales para que durante los días en que la entidad gremial dispusiere el cese de actividades, ejerzan sobre los tribunales bajo su superintendencia, todas las atribuciones necesarias para asegurar el normal desarrollo de la prestación de servicios...".
Desgraciadamente, esa acordada de la Corte fue tomada en virtud de un paro en los días 1º y 2 de septiembre de 1999, en los cuales entendió que en esos días en particular "ha concurrido a prestar servicio un porcentaje del personal judicial que se considera suficiente para llevar a cabo satisfactoriamente la totalidad de las funciones correspondientes a los tribunales de las distintas instancias". Aunque igualmente, en esa oportunidad si se declararon inhábiles los dos días.
Eso no ha sucedido en esta ocasión donde se veían totalmente vacías las mesas de entradas, con la consiguiente imposibilidad de los abogados de presentar los escritos pertinentes o impulsar en cualquier forma los procesos, teniendo en cuenta que todas las actuaciones conllevan vencimientos que pudieron haberse cumplido mientras se suscitaban las medidas de fuerza.

Voto de ciudadanos detenidos sin condena penal. Según resulta del padrón provisorio de electores privados de libertad confeccionado por la Cámara Nacional Electoral, son cerca de 22.000 los procesados detenidos que podrían votar en las próximas elecciones nacionales del 28 de octubre. Esta será la primera vez que los ciudadanos privados de su libertad estarán habilitados a sufragar en una elección nacional. Ello, en virtud de la ley 25.858, que derogó el art. 3ro. inc. "d" del Código Electoral Nacional, que excluía del padrón a "los detenidos por orden de juez competente". Esta norma había sido declarada inconstitucional por la Cámara Electoral, mediante sentencia que fue confirmada por la Corte Suprema.

Marcha atrás con los subrogantes. Durante este mes el Consejo de la Magistratura Nacional debatirá la reforma al régimen de la subrogancia de jueces. El Presidente del Consejo, representante de los abogados de todo el país, Dr. Pablo Mosca ha elaborado un proyecto para reformar el sistema actual. El nuevo procedimiento contemplado en 23 artículos, y que contaría con el beneplácito de sus colegas, prevé que los futuros jueces subrogantes se designen exclusivamente de una lista integrada por jueces jubilados, que por ese hecho conservan el "estado judicial". Esta es la respuesta al fallo de la Corte Suprema que decretó la inconstitucionalidad del régimen actual e intimó a que en un año no existan más subrogantes que no cumplan con los requisitos constitucionales.

Ojo con las deudas inmobiliarias. El Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires informó que a partir del 1º de agosto de 2007 rige una nueva reglamentación, dictada por la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Buenos Aires, que obliga a los escribanos a retener preventivamente el monto total de la deuda del impuesto inmobiliario que surja de los informes de la Dirección Provincial de Rentas, al momento de otorgarse el acto escriturario de un inmueble de la Provincia de Buenos Aires, desconociendo los comprobantes de pago que pudiera presentar el otorgante sobre los períodos que figuran como impagos en los informes emitidos por la Dirección Provincial de Rentas.


A.M.A.R.A. El 20 de julio pasado se constituyó la Asamblea de la Asociación Mutual de Abogados de la República Argentina, que tenía por objeto aprobar el Balance de los años 2005 y 2006. Luego de alguna deliberación y atento que el balance 2005 está siendo evaluado por una Auditoría Externa que aún no se expidió se decidió pasar a Cuarto intermedio por el término de 60 días, por lo que la nueva fecha de reunión se fijó para el 20 de septiembre. En esa fecha se estima que estará listo el informe de los auditores sobre el ejercicio 2005.


Cena del Día del Abogado. Será el viernes 31 de agosto a partir de las 22 hs. en el Palacio San Miguel, Suipacha 84, Ciudad de Buenos Aires. Se puede adquirir la tarjeta en las Cajas de Corrientes 1441, de 7.30 a 16. Valor: $ 50. Abogados discapacitados y jóvenes abogados con tÌtulo expedido en tiempo no mayor a los cinco años de antigüedad abonan el 50 %.

 
  Esta nota fue publicada en Fojas Cero Nº 174 de Agosto de 2007
 
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