Ya se empiezan
a vislumbrar los efectos del cambio de composición de la Corte
Suprema. Desde 1985 los ministros Fayt y Belluscio comenzaron a sostener
-en minoría- que un juez no podía decretar la inconstitucionalidad
de una norma jurídica si una de las partes no lo había
articulado. En 2001 ese criterio se hizo mayoría en el famoso
caso "Mill de Pereyra".
Ahora, con la incorporación
de nuevos magistrados cambió otra vez el criterio y reconoció
que la propia Corte Suprema y los jueces inferiores tienen la atribución
de declarar la inconstitucionalidad de una norma y no aplicarla en
un caso concreto, aún cuando las partes no lo hayan pedido.
Firmaron el pronunciamiento los ministros Augusto Belluscio, Carlos
Fayt, Antonio Boggiano, Adolfo Vázquez, Eugenio Zaffaroni y
Elena Highton.
"Quienes
hemos sufrido que nos mortificaran porque no aplicábamos el
'criterio' de la Corte o no cumplíamos 'el deber moral de acatamiento
a la Corte', no podemos menos de alegrarnos porque 'tanto va el cántaro
a la fuente que, al final, se llena de agua' -sostuvo un juez
de cámara en una misiva que circuló este fin de semana
por e-mail.
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