¡Ahora de oficio!

 
 

Ya se empiezan a vislumbrar los efectos del cambio de composición de la Corte Suprema. Desde 1985 los ministros Fayt y Belluscio comenzaron a sostener -en minoría- que un juez no podía decretar la inconstitucionalidad de una norma jurídica si una de las partes no lo había articulado. En 2001 ese criterio se hizo mayoría en el famoso caso "Mill de Pereyra".
Ahora, con la incorporación de nuevos magistrados cambió otra vez el criterio y reconoció que la propia Corte Suprema y los jueces inferiores tienen la atribución de declarar la inconstitucionalidad de una norma y no aplicarla en un caso concreto, aún cuando las partes no lo hayan pedido. Firmaron el pronunciamiento los ministros Augusto Belluscio, Carlos Fayt, Antonio Boggiano, Adolfo Vázquez, Eugenio Zaffaroni y Elena Highton.
"Quienes hemos sufrido que nos mortificaran porque no aplicábamos el 'criterio' de la Corte o no cumplíamos 'el deber moral de acatamiento a la Corte', no podemos menos de alegrarnos porque 'tanto va el cántaro a la fuente que, al final, se llena de agua' -sostuvo un juez de cámara en una misiva que circuló este fin de semana por e-mail.

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  Esta nota fue publicada en Fojas Cero Nº 142 de Septiembre de 2004
 
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