El
Dr. Alberto Mraz Arancibia, integrante del Directorio de la flamante
Caja de Seguridad Social para Abogados nos envió un informe
sobre los primeros pasos del órgano.
"El
pasado 1º de julio se realizó la primera reunión
del Directorio de la Caja de Seguridad Social para Abogados de la
Ciudad...etc.y como corresponde en la Argentina, el lunes 5 la Junta
Electoral nos entregó los diplomas acreditantes de aquél
carácter.
El Directorio está instalado en el cuarto piso del edificio
del Colegio Público de Uruguay casi Corrientes, gentilmente
cedido sin costo.
Se
distribuyeron los cargos previstos en la ley, quedando el Directorio
constituido así:
Presidente, Hugo Germano,
Vicepresidente, Pedro Keselman,
Secretaria, Stella Maris Borrego -todos pertenecientes al oficialismo-
Prosecreterio, Carlos Monis, del sector que encabezó
Bacqué,
Tesorero, Alberto Mraz Arancibia (Nueva Generación Independiente)
y
Protesorero, Elías Salazar.
Los vocales son: Ideler Tonelli, Jorge Bacqué y Gastón
O'Donell.
Se
fijó como día semanal de reunión los jueves a
las 13,30 horas, en el 5º piso. Están todos invitados,
salvo que prefieran con mejor gusto ir al cine o almorzar.
El
Directorio convocó la Asamblea de la Caja para el martes 10
de agosto a las 16 horas, con un nutrido orden del día, entre
los que figuran la elección de autoridades y la sanción
del Reglamento Interno el que supongo, llevará tiempo redactarlo
por su extensión y complejidad. Un tema previo de la Asamblea
de suma importancia, será la creación de una Comisión
de Títulos atendiendo a una situación presentada. Por
un lado, algunos asambleistas elegidos que no han cumplimentado -según
la Junta Electoral- todos los requisitos que ésta pidió.
Por otra parte, han renunciado algunos, de modo que los que hubieran
estado en condiciones de reemplazarlos ignoraban que tenían
que cumplir los recaudos. De todos modos entiendo que la Asamblea
es el juez natural para resolver los casos presentados, los que estimo
de gravedad solucionarlos adecuadamente para evitar bajas en la representación.
Algunos
colegas han preguntado acerca de la retribución de los directores.
El art. 126 de la ley 1.181 establece que "no puede ser inferior
al monto de la categoría III" y el monto de ésta
última es de "100 lex previsionales" (art. 70,íd).
Como el importe de cada uno de estos es de $ 10,oo, resultan $ 1.000,oo.
Dice también el art. 126 que "la retribución mensual
de los Directores titulares puede ser diferenciada según el
cargo y la establece la Asamblea", esta es una interpreetación
personal que entiendo no es compartida por el oficialismo. De todos
modos es clarísimo que la competencia para fijar retribuciones
es exclusiva de la Asamblea y no del Directorio.
En
orden al funcionamiento de la Caja les comento que existe el problema
de su financiación inicial, diría por lo menos del primer
semestre en curso. La institución que está en condiciones
de afrontarla es el Colegio Público y existen buenas relaciones
como para concretarla.
Proximamente
les hare llegar algunas reflexiones sobre la gestión que debe
emprender CASSABA y el enfoque que debemos darle, pues entiendo que
hay cierta confusión. La tarea va a ser ímproba hay
que empadronar a más de 40.000 abogados con datos personales
que no figuran en el Colegio y abrir cuentas personales correspondientes
a cada uno de aquellos. "