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Un comité del CIADI anuló totalmente un laudo contra la República Argentina

 

Este 29 de junio un comité del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial anuló un laudo de 2007 que había sido dictado a favor de la compañía norteamericana Sempra Energy International en una controversia contra la República Argentina.
A fines de 2002 Sempra inició un arbitraje ante el CIADI a raíz de algunas de las medidas de emergencia tomadas por la República Argentina en el ámbito del transporte y distribución de gas para hacer frente a la crisis que se desató en nuestro país a fines de 2001. La compañía extranjera alegó que tales medidas violaban el tratado bilateral de inversiones (TBI) entre la Argentina y los Estados Unidos.
El tribunal del CIADI que entendió en el caso dictó un laudo el 28 de septiembre de 2007 condenando a la República Argentina al pago de más de 128 millones de dólares más intereses. Poco después, la Argentina solicitó la anulación de esa decisión alegando, entre otras razones, que el tribunal se había extralimitado manifiestamente en sus facultades al no aplicar el artículo XI del tratado con Estados Unidos que autorizaba a la Argentina al tomar las medidas cuestionadas.
El artículo XI de ese tratado autoriza a los Estados a tomar medidas necesarias para mantener el orden público y proteger sus intereses esenciales de seguridad –específicamente establece que “El (…) Tratado no impedirá la aplicación por cualquiera de las Partes de las medidas necesarias para el mantenimiento del orden público, el cumplimiento de sus obligaciones para el mantenimiento o la restauración de la paz”-.
En base a ello, la Argentina había manifestado que las medidas de emergencia adoptadas para hacer frente a la crisis estaban permitidas por ese artículo. Sin embargo, el tribunal del caso Sempra se negó analizar si las medidas cuestionadas estaban autorizadas por el artículo XI y resolvió que la República Argentina había violado el tratado con Estados Unidos.
Ahora, el comité del caso Sempra –una suerte de tribunal de alzada dentro del sistema del CIADI- decidió por unanimidad anular totalmente el laudo dictado en ese caso en virtud de que el tribunal se había extralimitado manifiestamente en sus facultades al no aplicar el artículo XI del tratado con Estados Unidos. Asimismo, el comité ordenó a la compañía norteamericana reembolsar a la Argentina el monto total de los costos del CIADI con relación al procedimiento de anulación.
Se trata de la primera anulación total de un laudo CIADI contra la República Argentina. Anteriormente se había anulado parcialmente el laudo dictado a favor de la compañía norteamericana CMS Gas Transmission Company.
Durante el procedimiento de anulación, Sempra había intentado embargar preventivamente la casa museo en la que vivió el general José de San Martín en Boulogne Sur Mer, Francia, y el edificio del Colegio Mayor Nuestra Señora de Luján en España. Con la decisión de anulación, Sempra ha perdido todo derecho a cobrar el monto del laudo y todos los embargos quedarán sin efecto.


 
  Esta nota fue publicada en Fojas Cero Nº 206 de Julio de 2010
 
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